La SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL derogó la Resolución N° 9 de fecha 16 de enero de 2004 de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, referida a cláusulas abusivas.
Lo hizo a través de la Disposición 753/2025. La Resolución N° 9/2004 establecía qué clausulas serían consideradas abusivas en relación a los contratos de consumo, que en los términos de los Artículos 1° y 2° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, tuvieran por objeto la prestación de servicios de medicina prepaga, servicios de comunicaciones móviles y servicios financieros y/o bancarios.
En los considerandos de la nueva Disposición se sostiene que «sin perjuicio de lo útil que en su oportunidad resultó la implementación de la referida Resolución N° 9/04 de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA, a los efectos de proteger a los consumidores de esos servicios de las previsiones contractuales determinadas por los proveedores, lo cierto es que con posterioridad a su dictado, y hasta la fecha, tanto en lo referente a servicios de medicina prepaga, como de comunicaciones móviles y de servicios financieros y/o bancarios se emitieron diversas normativas que regulan específicamente dichos contratos de consumo, a los fines de evitar la implementación de cláusulas abusivas, previniendo prácticas que impliquen el eventual abuso de los proveedores al disponer contratos de adhesión.» (la negrita es nuestra)
Por ello, «por ello y a los fines de avanzar hacia una efectiva desburocratización y simplificación de los procesos administrativos, por la presente medida resulta pertinente derogar la Resolución N° 9/04 de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA.»
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