MINDFULNESS PARA ABOGADOS (PARA UNA VIDA SIN ESTRES) – Dr. Hugo Oscar D´Ubaldo

Hugo Oscar D'UbaldoHugo Oscar D ´  ´Ubaldo es Doctor en Psicología Social, Decano, Director y Profesor de varias Universidades nacionales y privadas en Argentina y autor de la obra El Estoicismo y la Felicidad en la Práctica Legal (2024)  

Mail: hugodubaldo@gmail.com

Introducción:

El Mindfulness, cuya traducción a nuestro lenguaje cotidiano podría ser Atención Plena, es una práctica muy popular que se utiliza para reducir el estrés, entre otros beneficios.

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Pago anticipado de indemnizaciones y un nuevo reglamento para la protección del usuario de transporte aéreo

El decreto publicado en el Boletín Oficial el 10 de septiembre contempla, entre otras medidas, un «REGLAMENTO DEL CONTRATO AÉREO DE PASAJEROS, EQUIPAJE Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DEL PASAJERO USUARIO DEL TRANSPORTE AÉREO» , la creación del Servicio de Conciliación para Pasajeros de Transporte Aéreo y un «REGLAMENTO DE PAGOS INDEMNIZATORIOS ADELANTADOS A LA LIQUIDACIÓN FINAL DE LA INDEMNIZACIÓN QUE PUDIERE CORRESPONDERLE EN CASO DE MUERTE O LESIÓN CORPORAL A LOS PASAJEROS QUE SEAN VÍCTIMAS DE UN ACCIDENTE DE AVIACIÓN CIVIL COMERCIAL».

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El Futuro de la Propiedad Intelectual: ¿Quién es el Autor en la Era de la Inteligencia Artificial?

En una era marcada por la digitalización y la automatización, la inteligencia artificial (IA) ha emergido como una herramienta poderosa capaz de generar contenido en formas que antes solo eran posibles para la mente humana. Desde la creación de imágenes y música hasta la redacción de textos y la programación de software, la IA generativa está transformando el concepto de creatividad. Sin embargo, este avance tecnológico trae consigo un dilema legal y ético sin precedentes: ¿Quién debe ser considerado el autor de una obra creada por inteligencia artificial? ¿Puede una máquina reclamar derechos de autor, o estos pertenecen exclusivamente al ser humano que la programó o utilizó?

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Créditos laborales: Inconstitucionalidad de la prohibición de indexar y aplicación del RIPTE

El Tribunal de Trabajo Nº 1 de Olavarría, aplicando la doctrina de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que surge del fallo «Barrios, Héctor Francisco y otra contra Lascano, Sandra Beatriz y otra. Daños y perjuicios», declaró de oficio la inconstitucionalidad de la prohibición de indexar contenida en el art. 7 de la ley 23928, y determinó que el índice más adecuado para la actualización de los créditos laborales es el R. I. P. T. E. (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).

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DNU 70/2023: «No hay caso», dijo la Corte (X 2)

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó la acción declarativa de certeza promovida por la Provincia de La Rioja y la acción de amparo iniciada por el Dr. Jorge Rizzo y la Asociación Civil Gente de Derecho, que impugnaban el decreto de necesidad y urgencia 70 /2023. En ambos, consideró que no existía «causa», «controversia» o «caso» que habilitara la competencia de los tribunales.

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DNU 70/2023: EL COLEGIO DE ABOGADOS DE MORÓN LOGRÓ UNA CAUTELAR EN DEFENSA DE LOS ABOGADOS

El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Morón, Dr. Marcelo Gradinhizo lugar a la medida cautelar solicitada por el Colegio de Abogados de Morón, ordenando al Estado Nacional la suspensión inmediata de los artículos 2° y 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23, por considerar que “la más amplia desregulación de los servicios prevista por los arts. 2 y 3 del D.N.U. 70/2023 (dentro de las cuales se encuentra el ejercicio de profesión de abogados), significaría la concesión al Poder Ejecutivo Nacional de facultades para dictar nuevos decretos que desregulen el ejercicio de la profesión de abogado, liberando la matricula, suprimiendo el régimen disciplinario y eliminando los Colegios Departamentales de Abogados, modificando o derogando las normas arancelarias de orden público, entre otras cuestiones dentro de las que se encontraría la derogación de la ley 5177 (ejercicio de la profesión de abogados), avanzándose de esta manera sobre una facultad no delegada a la Nación

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