Se publicó en el Boletín Oficial el decreto 393/23, reglamentario de la ley 27.706, que creó el Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de las Historias Clínicas de la República Argentina. Mediante el mismo, se busca «instaurar, en forma progresiva, el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas», con la finalidad de que en el mismo conste toda intervención médico-sanitaria que se realice a una persona, y que se brinde en el territorio nacional, sea en establecimientos privados o públicos.
La inconstitucionalidad del plazo de caducidad para el ejercicio de la acción laboral ordinaria
I.- INTRODUCCIÓN:
Por intermedio de la ley 27.348 se decretó como obligatoria la intervención de las comisiones médicas jurisdiccionales, a las cuales las distintas provincias adhirieron.
REGISTRO NACIONAL DE CONCILIADORES LABORALES: ¿Hasta cuándo está abierta la inscripción?
La inscripción para ingresar al REGISTRO NACIONAL DE CONCILIADORES LABORALES comenzó el pasado 11 de julio.
La “Tercera Vía” o “La última en discordia”: Abuso del derecho o alternativa a la declaración de quiebra o salvataje
“Las empresas excelentes no sólo creen en la excelencia, sino también en la mejora continua y el cambio constante”.
“La tarea psíquica que una persona puede y debe establecer por sí mismo no es sentirse segura, sino ser capaz de tolerar la inseguridad”.
Transfemicidios y Travesticidios. La necesidad de repensarlos como crímenes de género – Martín E. González
(Autor: González, Martín E./ Fecha: 24/07/2023 / Artículos G&I / Cita online: G&I – ART – 00006)
El bien jurídico no existe, y otras conclusiones acerca de las teorías de la criminalización – Marianela Lotito, Noelia Matalone, Florencia Ruiz Rossi, Desiré Salomón y Camila Gebara
(Autoras: Lotito, Marianela; Matalone, Noelia; Ruiz Rossi, Florencia; Salomón, Desiré y Gebara, Camila / Fecha: 21/07/2023 / Artículos DPISA / Cita online: DPISA – ART – 00008)
Resumen: El trabajo desarrolla los problemas centrales de la teoría del bien jurídico para luego dirigir fuertes críticas a su fundamentación filosófica. De tal modo, se adentra en cuestionamientos criminológicos y dogmáticos sobre los motivos reales que subyacen a la extensiva utilización de este concepto (bien jurídico) para sostener el sistema punitivo en general. Asimismo, el trabajo pone de manifiesto problemas puntuales de esta situación, tanto a nivel normativo como político y moral. Se concluirá en que todas las teorías de la criminalización adolecen de buenas razones epistemológicas explicitadas para justificar la creación de normas penales, lo cual redunda en una confusión que, mayormente, tiende a la expansión de las conductas prohibidas, aparejadas de dificultades jurídicas para poder cuestionarlas seriamente.
Sobre las capturas de pantalla como prueba electrónica
Las capturas de pantalla son fotografías tomadas por un dispositivo tecnológico, también se las conoce como “screen shots”. Las mismas pueden ser ofrecidas como prueba en un proceso judicial laboral.
Disposición 11/2023: Sobreendeudamiento de consumidores y fuerza mayor social
Sumario: I. Introducción. II. Lo imprevisible y lo inevitable. III. La adopción del concepto de “fuerza mayor social”. IV. La fuerza mayor social en la Disposición 11/2023 y en el Proyecto de “Código de Protección de las y los Consumidores y Usuarios de la Nación”. V. A modo de comparación. VI. Reflexiones finales.
¿Qué problemas presenta el silencio como engaño? Consideraciones en torno a la posición de garante y la competencia de la víctima. Análisis doctrinal y jurisprudencial – Alberto Alexis Causi Lumi
(Autor: Causi Lumi, Alberto Alexis / Fecha: 14/07/2023 / Artículos DPISA / Cita online: DPISA – ART – 00007)
Fintech: Entre la inclusión financiera y el cibercrimen. Análisis de su status jurídico y su vinculación con los ciberdelitos: panorama y soluciones
“Una empresa crece por la capacidad que tiene para atender a un mercado siendo rentable, pero actualmente, la habilidad de crecer y ser rentable radica fuertemente en la capacidad de prevenir, mitigar y atender riesgos informáticos de manera precisa y con planes que no detengan la operación del negocio y los clientes”.